


Personas Físicas con Actividad empresarial y Profesional
La actividad empresarial para personas físicas en México es un régimen fiscal previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y administrado por el SAT. Está pensado para quienes realizan actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas de manera independiente y generan ingresos propios.
¿Quiénes pueden tributar en este régimen?
Pueden estar inscritos como personas físicas con actividad empresarial quienes:
Comerciantes
Tiendas, papelerías, ferreterías, restaurantes, etc.
Venta de bienes en general.
Industriales o manufactureros
Quienes transforman materias primas en productos terminados (ejemplo: taller de muebles, fábrica de ropa).
Prestadores de servicios independientes con infraestructura propia
Talleres mecánicos, carpinteros, impresores, salones de belleza, etc.
(Ojo: si son profesionistas como contadores, abogados o médicos, estos suelen tributar en honorarios o actividad profesional, aunque el SAT lo administra dentro de “actividad empresarial y profesional”).
Transportistas
Personas que prestan servicio de autotransporte público o privado de bienes o personas.
Actividades agropecuarias, ganaderas, silvícolas y pesqueras
Agricultores, ganaderos, pescadores, silvicultores que obtienen ingresos por la explotación de esas actividades.
La actividad empresarial para personas físicas en México es un régimen fiscal previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y administrado por el SAT. Está pensado para quienes realizan actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas de manera independiente y generan ingresos propios.
¿Quiénes pueden tributar en este régimen?
Pueden estar inscritos como personas físicas con actividad empresarial quienes:
Comerciantes
Tiendas, papelerías, ferreterías, restaurantes, etc.
Venta de bienes en general.
Industriales o manufactureros
Quienes transforman materias primas en productos terminados (ejemplo: taller de muebles, fábrica de ropa).
Prestadores de servicios independientes con infraestructura propia
Talleres mecánicos, carpinteros, impresores, salones de belleza, etc.
(Ojo: si son profesionistas como contadores, abogados o médicos, estos suelen tributar en honorarios o actividad profesional, aunque el SAT lo administra dentro de “actividad empresarial y profesional”).
Transportistas
Personas que prestan servicio de autotransporte público o privado de bienes o personas.
Actividades agropecuarias, ganaderas, silvícolas y pesqueras
Agricultores, ganaderos, pescadores, silvicultores que obtienen ingresos por la explotación de esas actividades.